La evolución del concepto del matrimonio igualitario: La palabra matrimonio como denominación de la institución social y jurídica deriva de la práctica y del Derecho Romano.

El origen etimológico del término es la expresión matri-monium, es decir, el derecho que adquiere la mujer que lo contrae para poder ser madre dentro de la legalidad.

La concepción romana tiene su fundamento en la idea de que la posibilidad que la naturaleza da a la mujer de ser madre, quedaba subordinada a la exigencia de un marido al que ella quedaría sujeta al salir de la tutela de su padre y de que sus hijos tendrían así un padre legítimo al que estarían sometidos hasta su plena capacidad legal: es la figura del pater familias. Pero a partir del siglo XX, y especialmente tras la revolución sexual, la usual definición de matrimonio empezó a ser interpretada por algunos grupos sociales en su vertiente laica: “como la suscripción a un contrato jurídico representante de la relación y convivencia de pareja, basada en el afecto y un proyecto de vida en común, cuando la pareja desea comunicar formalmente sus preferencias ante el resto de los miembros de su comunidad, adquiriendo los derechos y deberes pertinentes a la formulación jurídica vigente”.

Bajo esa reconceptualización del matrimonio, la idea de la unión homosexual estable encaja en la definición del siglo XX en la cual los dos contratantes tienen iguales derechos y deberes. Historia del matrimonio igualitario: Las uniones homosexuales son muy antiguas, pero la generalización de un movimiento organizado con objetivo de buscar un reconocimiento legal surge a fines del siglo XX.

En los Estados Unidos, durante el siglo XIX, existía el reconocimiento a las uniones románticas entre mujeres que normalmente eran monógamas y que hacían un acuerdo de cohabitación, designado como Boston Marriage, aunque no necesariamente aludiera a la naturaleza sexual.

El concepto de amor entre mujeres, no era nuevo; este término y la “amistad romántica” connotaban un tipo de relación que data desde, por lo menos, el Renacimiento en el oeste y posiblemente más allá del mundo occidental. No es sino a finales del siglo XX que estas uniones adquieren estatus jurídico.

Dinamarca y luego Noruega, fueron los primeros países en permitir, en 1993, a los gays y lesbianas inscribirse como parejas y que les dio prácticamente los mismos derechos que tienen los matrimonios heterosexuales. Serían imitados por Bélgica, España, Canadá, entre otros países.

En algunos países si bien no se consagra el matrimonio civil, existen variantes como es el caso de Colombia, en que existe una legalización vía notario que implica, además de la declaración afectiva, tipo de régimen jurídico para la adquisición de bienes y temas tan importantes como el régimen de seguridad social, o sea, salud y pensiones.

También en América Latina, Uruguay cuenta con un reconocimiento posterior a los cinco años de convivencia sin interrupciones. El matrimonio civil homosexual en Argentina se suma a los grandes cambios que las sociedades han impulsado. Esta nueva ley cuenta con defensores y detractores, entre estos últimos la Iglesia Católica. Sin embargo, su aprobación se anuncia como el fin a una época de discriminaciones y pone de manifiesto la necesidad imperiosa de las nuevas sociedades de ser más inclusivas y considerar a todos los sectores que la conforman.


DGPC - Cátedra Diaz Cortez | Universidad de Buenos Aires | Fadu
Docentes: Germán Díaz Colodrero | Soledad Ferrari | Juan Malizia