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MÀS DATOS: Los
Estados, al firmar y ratificar los instrumentos internacionales
de derechos humanos, asumen dos grandes tipos de obligaciones,
a saber: realizar acciones necesarias para satisfacer el
derecho (obligaciones positivas) y evitar violaciones al
derecho (obligaciones negativas)
El Estado Las Obligaciones del Estado en materia de Vivienda
Todos
los derechos humanos imponen tres tipos de obligaciones
específicas a los Estados Partes: respetar,
proteger y cumplir;
y esta última incluye las obligaciones de facilitar,
promover y proporcionar. Existen además principios
transversales a todas ellas: la no discriminación
y la progresividad en el cumplimiento del derecho.
.
Significa
que los Estados deben abstenerse de impedir
a la población
satisfacer el derecho por sí misma cuando
está en condiciones de hacerlo,
no restringiendo: -----------------------------
la participación
popular y respetando el derecho a organizarse
y reunirse.
No deben ejecutar o promover el desalojo forzoso, sino respetar el
derecho de la población
a construir sus propias viviendas y a ordenar el medio ambiente de acuerdo a
su cultura, capacidad, necesidades y deseos. Esta obligación implica respetar
el derecho a la igualdad de trato y a la vida privada en el hogar, entre otros.
Esta
obligación
implica un "hacer" del Estado y de
sus funcionarios: incluye medidas legislativas
y políticas adecuadas para la realización
progresiva del derecho; hacer hincapié en
los aspectos jurídicos y de otro tipo;
privilegiar su cumplimiento en los planes de
desarrollo: -----------------------------Adoptar
una estrategia nacional con metas concretas (que incluya el derecho a la tierra);
adoptar medidas para evaluar el grado de disfrute de este derecho y según
ello elaborar políticas y leyes acordes
lo antes posible, incorporando
el contenido del derecho en estas; reglamentar la economía y mercados
de
terrenos; proveer servicios públicos e infraestructura; y lograr la redistribución
del
ingreso; todo ello tomando en cuenta especialmente a los menos favorecidos.
Para
proteger de los desalojos forzosos, deben
adoptar medidas inmediatas para conceder
la seguridad jurídica de la tenencia. ------------------------------ Además, las medidas legislativas y de
otra índole deben proteger a los residentes
de
discriminaciones, acosos, suspensiones de servicios
y otras amenazas.
Los Estados deben tomar medidas para que los
gastos relacionados con la vivienda
sean proporcionales a los niveles de ingresos,
estableciendo un sistema de subsidios
para los más pobres, así como
proteger a los inquilinos ante los aumentos
injustificados 18
o esporádicos del alquiler.