Jueves 23 | Octubre 2008  
 
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  Condiciones Básicas
Los elementos y el contenido indispensable.
 
 

La gran diversidad de culturas y necesidades de vivienda, exigen elementos universales en el concepto "vivienda adecuada". El Comité de DESC, en su Observación General Nº 4, determinó los elementos y contenido mínimo de ese derecho humano. Ellos son:

Existen diferentes tipos de tenencia (alquiler público y privado, en cooperativa, arriendo, ocupación por el propietario, vivienda de emergencia y asentamientos informales –incluida la ocupación de tierra o propiedad), pero sea cual sea, todas las personas deben gozar de cierto grado de seguridad jurídica como protección contra el desahucio18, el hostigamiento u otras amenazas.
Una vivienda adecuada debe tener ciertos servicios indispensables para la salud, la seguridad, la comodidad y la nutrición. Debe garantizarse acceso permanente a recursos naturales y comunes, a agua potable, a energía para la cocina, calefacción (en aquellos países donde sea necesario) y alumbrado, a instalaciones sanitarias, de aseo, de almacenamiento de alimentos, de eliminación de desechos, de drenaje y a servicios de emergencia.
Los gastos de vivienda no deben impedir ni comprometer la satisfacción de otras necesidades básicas, sino que deben ser proporcionales a los ingresos. Deben contemplarse los subsidios de vivienda y formas de financiación adecuadas a las necesidades particulares, y proteger a los inquilinos contra aumentos desproporcionados de los alquileres. Donde los materiales para la construcción de viviendas sean naturales, debe garantizarse su disponibilidad.
Una vivienda adecuada debe proteger contra el frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otras amenazas para la salud; debe proteger de riesgos estructurales, de vectores de enfermedad19 y garantizar la seguridad física. Los Estados deben aplicar los Principios de Higiene de la Vivienda preparados por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Una vivienda y unas condiciones de vida inadecuadas y deficientes se asocian a tasas de mortalidad y morbilidad más elevadas.

Los grupos en situación de vulnerabilidad, como las personas
de edad, los niños y niñas, personas incapacitadas físicamente, con enfermedades
terminales, con VIH o problemas médicos persistentes, con enfermedades mentales,
víctimas de desastres naturales, que habitan en zonas proclives a desastres, etc.,
deben tener acceso pleno y sostenible a recursos adecuados para conseguir vivienda,
y gozar de especial consideración en las disposiciones y en las políticas de vivienda,
considerando igualmente su acceso a la tierra.

La vivienda debe encontrarse en un lugar que permita el acceso al empleo, a los servicios de salud, que cuente con centros de atención para niños, escuelas y otros servicios sociales, particularmente en ciudades grandes y zonas rurales donde el traslado y regreso de los lugares de trabajo implica importantes costos en tiempo y dinero para las familias pobres. Además, la vivienda no debe construirse en lugares contaminados ni cercanos a fuentes de contaminación que amenacen la salud.

El modo de construcción de la vivienda, los materiales utilizados y las políticas deben considerar la expresión de la identidad cultural y de la diversidad. El progreso y la tecnología no deben sacrificar las dimensiones culturales de la vivienda.