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El caso Cuenca Matanza Riachuelo

• El 08 de julio de 2008 la corte dictó un fallo histórico en la causa “Mendoza Beatriz Silvia” por los daños derivados de la contaminación ambiental del río Matanza-Riachuelo, donde se determinó quiénes son los responsables de las acciones y las obras de saneamiento, el plazo en que deben ser ejecutadas.

• El Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) es el resultado del consenso entre las jurisdicciones afectadas por la problemática y la calidad de vida de los habitantes de la región.



• Es el marco orientador y planificador en el que se definen las acciones para recomponer y preservar la cuenca, un territorio de aproximadamente 2.200 kilómetros cuadrados, donde discurren los 64 kilómetros de extensión del sistema hídrico integrado por los ríos Matanza y Riachuelo.



• En el Plan Integral de Saneamiento Ambiental se reflejan documentos de 1973 hasta 2008 que fueron el resultado de gestiones estatales que trabajaron para el saneamiento de la región. A su vez, se contemplaron las observaciones de organismos oficiales (UBA) y entidades de la sociedad civil, entre otros.



• La planificación de las acciones debe ser flexible, en función de los contextos de ejecución, los recursos disponibles, así como las demandas de las poblaciones y los nuevos conocimientos científicos.



• En marzo de 2010 se presentó la nueva versión del Plan Integral con el propósito de reflejar el grado de avance de las acciones llevadas a cabo e introducir las modificaciones necesarias en función de las nuevas realidades.


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