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 Al asumir el Gobierno de la Nación las Fuerzas Armadas, y en nombre de ellas la Junta Militar que constituyeron los Comandantes Generales del Ejército, la Marina y la Aviación, perdió toda vigencia el ordenamiento jurídico que estructuraba el régimen democrático de gobierno de la República, lesionado en 1974 al imponerse el Estado de Sitio y las limitaciones que conlleva el ejercicio de ciertos derechos, pero vigente todavía en 1976 al mantenerse hasta entonces en pleno ejercicio en sus dos grandes vertientes, la clásica conformación del sistema democrático, republicano, presidencialista: Poderes Legislativo y Ejecutivo elegidos por el pueblo; y partidos políticos, permanentes o circunstanciales, libremente organizados y facultados para dar a conocer sus opiniones favorables o desfavorables a la acción e inacción de los órganos del Estado o de los funcionarios públicos.

¿Cuales fueron las primeras medidas de la junta militar?

En esa oportunidad, en efecto, la Junta Militar disolvió el Congreso Nacional y las legislaturas provinciales; despojó de sus cargos a la Presidenta de la República y los Gobernadores de Provincia, y asumió "el poder político de la República", y por derivación, "el ejercicio del Poder Constituyente", y de los Poderes Legislativo y Ejecutivo; decretó la disolución de los partidos políticos de marcada tendencia marxista y de otras organizaciones afines, clausurando sus locales, bloqueando sus cuentas bancarias, e incorporando al patrimonio del Estado sus bienes y valores; ordenó la suspensión de toda actividad política y obligó a las agrupaciones de esa índole a retirar todo símbolo, enseña, imagen o distintivo de cualquiera otra naturaleza que identificara sus oficinas o centros de reunión.

¿Que pasó con la actividad política?

El 24 de marzo de 1976 cesó toda actividad política en la República Argentina, y quedó sustituido el sistema jurídico democrático de formación de las leyes mediante la intervención de representantes elegidos por el voto ciudadano, con libre participación de la prensa y los ciudadanos en apoyo o en oposición al proyecto en trámite, por un sistema en el que sólo cuenta en definitiva la voluntad de los tres Comandantes Generales de las Fuerzas Armadas, auxiliados, en ocasiones, por la Comisión de Asesoramiento Legislativo integrada por nueve oficiales de las tres armas, que prepara proyectos o dictamina sobre ellos.

¿Que funciones se atribuía la junta militar?

En ejercicio del Poder Electoral que compete directamente al pueblo en un régimen democrático, la Junta Militar se declaró "órgano supremo de la Nación" y se arrogó las funciones –entre otras—de "velar por el normal funcionamiento de los poderes del Estado y por los objetivos básicos a alcanzar", y de nombrar y remover al ciudadano que desempeñe el Poder Ejecutivo con el título de Presidente de la Nación. En ejercicio del Poder Constituyente, la Junta referida modificó, en ocasiones en forma explícita y en otras implícitamente, numerosísimas normas de la Constitución Nacional de 1853, entre ellas, al sumir para sí en ciertos casos y asignar al Presidente de la Nación en otros, las facultades de aprobar, reformar y derogar leyes intrínsecas del Poder Legislativo; y en ejercicio de este Poder Legislativo que se atribuyó, la Junta Militar ha decretado un gran número de normas con valor de leyes o decretos legislativos.
El Presidente designado por la Junta Militar, a su vez, además de sus funciones propias como encargado del Poder Ejecutivo, ejerce las que reserva la Constitución Nacional al Congreso de la Nación, al Senado y a la Cámara de Diputados, y entre las cuales, la de nombrar a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, al Procurador General de la Nación, y a los Jueves de los Tribunales Superiores Provinciales.
Los derechos políticos fundamentales de los ciudadanos de participar en el gobierno del país eligiendo representantes encargados de dictar las leyes que han de regirlos, y de ejercer el control político de los actos del Poder Ejecutivo que también se ha elegido por sufragio popular, han sido desconocidos del todo por el actual Gobierno de facto de la República Argentina.

¿Hasta que punto se llevaron a cabo estas medidas?

La vida política no ha desaparecido del todo en la República, manteniendo las diferentes agrupaciones sus cuadros directos centrales por lo menos, con la tolerancia de las autoridades. La Comisión pudo comprobar en efecto un comportamiento gubernamental flexible, de aparente inobservancia de las rígidas normas legales que restringen el ejercicio de los derechos políticos, lo que le permitió recibir en audiencias separadas a representantes y directivos de las principales organizaciones políticas, y sostener entrevistas sin obstáculos de ningún orden con dirigentes políticos de diez diferentes tendencias.
Las organizaciones políticas del país expusieron a la Comisión por medio de sus representantes, el juicio que cada una se ha formado sobre la problemática política en sí, y la situación de los derechos humanos en particular; y algunas de ellas, además emitieron pronunciamientos públicos contentivos de severas críticas al Gobierno militar.

El futuro de la democracia en Argentina

Desde el momento en que la Junta Militar asumió la plenitud del poder, anunció su propósito de "asegurar la posterior instauración de una democracia republicana, representativa y federal, adecuada a la realidad y exigencias de solución y progreso del pueblo argentino".
El Presidente de la Nación, Teniente General (Retirado) Jorge Rafael Videla, a su vez, durante la audiencia que concedió a la Comisión en la oportunidad en que se realizaba la observación in loco, hizo declaraciones en el sentido de que "habrá que desembocarse en una auténtica democracia, cuando las circunstancias lo permitan"; y el miembro de la Junta Militar, Teniente General Roberto Eduardo Viola, en ocasión de la audiencia que la Junta concedió a la CIDH, expuso a grandes rasgos el programa político de restablecimiento democrático que habrá de conducirse –dijo—en tres fases. La primera consistirá en un diálogo con todos los sectores representativos y en la estructuración de leyes fundamentales para que fijan a las organizaciones políticas. La segunda consistirá en un diálogo oficial con los partidos políticos y en la reorganización de éstos para que estén aptos para asumir el Gobierno. Y la tercera consistirá en la entrega gradual, progresiva, no simultánea, del Gobierno a las autoridades electas por el pueblo.

¿Cuales eran las ideas de la junta militar?

La Comisión recibió un documento de fecha 20 de septiembre de 1979, de la Junta Militar, firmado por el Secretario de ella, General de Brigada Reynaldo B.A. Bignone, referente al proceso de Reorganización Nacional, en el cual se declara:
La Junta Militar ha expresado oficialmente que a fin de año, dará a publicidad un documento político que contiene la filosofía y plexo de ideas que en la materia sostienen las Fuerzas Armadas.
Este documento pretende abarcar toda la problemática argentina y definir al país que desean los argentinos, buscando una coincidencia de toda la ciudadanía en estos aspectos fundamentales, para que, a partir de ese consenso fundamental, se exprese la diversidad de opiniones canalizadas por los distintos partidos que conforman el espectro político argentino.
Los miembros de la Junta Militar y el Presidente de la Nación, han insistido en declaraciones oficiales que este documento político asigna total validez y respeta los principios, derechos y garantías expresados en nuestra Constitución Nacional por creer firmemente que ellos interpretan el sentir de la nacionalidad y por pensar que son de rigurosa actualidad.

¿Cuales eran los planes a futuro?

En síntesis, el Proceso tiene en su futuro dos tareas:
- Continuar con el ordenamiento del país en todos sus aspectos,
- Iniciar un proceso político que permita establecer un estilo democrático, republicano, representativo y federal, en suma un sistema estable que ponga fin al péndulo de gobiernos civiles y militares. Cabe señalar, porque hoy las palabras pierden en ocasiones significado, que cuando se emplea la palabra democracia se quiere expresar una democracia constitucional, donde impere la ley, la libertad, la justicia, la pluralidad, la responsabilidad del gobierno y de los ciudadanos, los derechos y también las obligaciones, la división de los poderes, la rotación en el poder, el respeto por la oposición, en suma una democracia cuyo fundamento sea el ejercicio responsable de la libertad por parte de sus ciudadanos.
El proceso político argentino de los últimos 50 años es ampliamente conocido. Las FFAA están firmemente decididas a alcanzar una situación que impida que en el futuro haya más gobiernos militares y se vuelvan a repetir, alternativamente, esos ciclos pendulares a que se ha hecho referencia precedentemente y, por esa razón, actúan con mesura, prudencia y objetividad.
El Ejército, la Armada, y la Fuerza Aérea desean real y fervientemente una democracia que, además de republicana, representativa y federal, sea –por siempre—verdaderamente estable.

¿Cuando se apueba el accionar de la junta?

El 19 de diciembre de 1979, la Junta Militar de Gobierno aprobó las "Bases Políticas de las Fuerzas Armadas para el Proceso de Reorganización Nacional", y asignó al Poder Ejecutivo Nacional la responsabilidad de la ejecución de las acciones a que diere lugar su puesta en vigencia, reservándose la Junta Militar su dirección y supervisión. Las bases políticas referidas comprenden la formación de bases doctrinarias sobre las que se completará la normalización político-institucional; de bases programáticas que servirán para asegurar la adecuada coherencia y eficacia en el logro de los objetivos nacionales; y de bases instrumentales sobre las que se establecerá una convivencia en la diversidad de ideas y se favorecerá la formación y consolidación de amplias e importantes corrientes organizadas de opinión.

 

 

 
     

 


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